Los ascensores se consideran ya una necesidad básica en los edificios, incluso para los propietarios de sótanos.
En España, la ley garantiza que las personas mayores de 70 años o con discapacidad puedan solicitar la instalación de un ascensor en su edificio sin necesidad de aprobación de la comunidad. La obra es obligatoria y el gasto se reparte entre todos los propietarios, incluidos bajos y locales. En este artículo te explicamos qué dice la normativa, quién paga la derrama y por qué contar con un ascensor mejora la accesibilidad, el valor y la calidad de vida en tu edificio.